R.U.N.N.A.I.


El Registro Único de Niños, Niñas y Adolescentes Institucionalizados -RUNNAI- da cumplimiento con la Ley IV – N.º 52 “CAPÍTULO II REGISTRO ÚNICO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES INSTITUCIONALIZADOS ARTÍCULO 15. En el mismo se designa la creación del RUNNAI, a cargo de esta Defensoría de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.

El RUNNAI contiene información suministrada por los diferentes organismos provinciales, instituciones (públicas y privadas) o personas, resguardada de conformidad a lo establecido en el Artículo 43 párrafo tercero de la Constitución Nacional y la Ley Nacional N.° 25.326 de Protección de los Datos Personales.

El RUNNAI se conforma por datos de todas las personas menores de dieciocho (18) años de edad, en cuyo caso se determina el alojamiento en instituciones y/u organismos y/o personas cualquiera sea la denominación o naturaleza jurídica, que implica la separación de los niños, niñas y adolescentes de su familia o privación de su derecho a la convivencia familiar de origen, en función de la necesidad de garantizar los derechos a la identidad, integridad y protección, salud, y los que se encuentran afectados en cada caso.

El RUNNAI tiene como objetivos centralizar, sistematizar y garantizar el cruzamiento de información de toda la Provincia, en una base de datos sobre niños, niñas y adolescentes que, en consideración a la protección de sus derechos, se encuentran institucionalizados, por diferentes motivos y en contextos distintos a los familiares o fuera de su familia de origen

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